Normativa fiscalJhony Vicent··5 min de lectura·Actualizado el

VeriFactu se aplaza a 2027: qué cambia y qué no

El calendario de VeriFactu se ha movido dos veces, y la segunda deja las fechas en 2027. Como buena parte de lo publicado sigue citando plazos derogados, conviene separar lo que se aplazó de lo que no.

Las fechas que están en vigor

El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre retrasó un año el calendario anterior. Las fechas vigentes son dos, según cómo tributes:

  • 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027 para autónomos y demás empresarios y profesionales en IRPF.

Esto sustituye al calendario previo, que apuntaba a enero y julio de 2026, y antes a julio de 2025.

Qué NO se ha aplazado

El aplazamiento afecta a quien emite facturas, no a quien fabrica el software. Los desarrolladores y comercializadores están obligados desde el 29 de julio de 2025 a que sus sistemas cumplan el reglamento y a acompañarlos de una declaración responsable.

La consecuencia práctica es la contraria de lo que mucha gente deduce: el software conforme ya existe y está disponible hoy. No hay nada que esperar.

Tampoco se ha tocado la prohibición del llamado software de doble uso, que es una infracción distinta y anterior a VeriFactu, y que sigue plenamente vigente.

Por qué se ha vuelto a retrasar

El motivo declarado en la norma es permitir una implantación ordenada y homogénea, dando margen tanto a los sistemas informáticos como al tejido empresarial. El primer reglamento recibió cientos de páginas de alegaciones del sector, y el ritmo de adaptación de pymes y asesorías ha sido más lento del previsto.

Que haya ocurrido dos veces no garantiza que vuelva a pasar. Planificar contando con una tercera prórroga es una apuesta, y si no llega te deja sin margen para migrar con orden.

Qué hacer con el margen que queda

Adoptar VeriFactu antes de la fecha es voluntario, válido y no tiene penalización. El motivo para no apurar es puramente práctico: cambiar de sistema de facturación en el mismo trimestre en que se vuelve obligatorio concentra todo el riesgo en el peor momento posible.

Lo razonable es migrar en un cambio de ejercicio o de trimestre, con la numeración de series limpia y tiempo suficiente para detectar problemas mientras aún puedes volver atrás.

Guía completa

Este artículo cubre el aplazamiento. Si lo que buscas es entender el sistema entero —qué exige, cómo funciona el encadenamiento de registros, el régimen sancionador o cómo elegir software—, lo tienes desarrollado en la guía de VeriFactu, que se mantiene actualizada con el calendario vigente.

Fuentes

Guía informativa. No sustituye el asesoramiento profesional; ante una duda concreta, consulta el texto oficial o a tu asesoría.

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